Modelo de Escrito del Acreedor Prendario para Solicitar Autorización del Juez para la Venta de Bienes
EscritosConcepto
Procedimiento judicial para venta de bienes en prenda
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es solicitar formalmente ante la autoridad judicial la autorización para la venta de bienes dados en prenda por parte del acreedor prendario, en cumplimiento de la obligación garantizada y tras el vencimiento del plazo de pago.
Los sujetos jurídicos relevantes son el solicitante, que actúa en calidad de representante del acreedor prendario, el deudor que otorgó los bienes en prenda, y el juez de lo civil que debe emitir la autorización. Además, se menciona un corredor público encargado de llevar a cabo la venta.
Las obligaciones en favor del solicitante comprenden la demostración de la existencia del contrato de mutuo mercantil con garantía prendaria, la descripción detallada de los bienes dados en prenda, y la acreditación del incumplimiento del pago por parte del deudor. En cuanto a los derechos, se establece la facultad del acreedor para solicitar la autorización judicial de venta tras el vencimiento del plazo y el incumplimiento del pago, así como la facultad del juez para ordenar la venta al precio de mercado.
El procedimiento requiere que el solicitante presente la petición por escrito, acompañando los documentos que acrediten la existencia del contrato, los bienes dados en prenda, el incumplimiento del pago, y la estimación del valor de los bienes. Se solicita que se corra traslado al deudor para que, en un término de tres días, pueda oponerse a la venta, exhibiendo el importe adeudado. Además, se pide que el juez ordene la venta de los bienes mediante un corredor público, señalando a un profesional específico.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o rechazo por parte del deudor incluyen la posibilidad de que el juez autorice la venta de los bienes en los términos solicitados, permitiendo la realización del acto en condiciones de mercado y con la intervención del corredor público. La falta de oposición o la no presentación de argumentos en contra puede dar lugar a la autorización definitiva y a la ejecuc
