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Modelo de Escrito para Desahogo de Vista con Excepción de Falta de Personalidad

Jucio mercantil

Concepto

Impugnación de excepción de falta de personalidad en juicio mercantil

Palabras Clave

Modelo Partes Actora Demandada Jurisdicción Mercantil Procedimiento Desahogo Vista Pruebas Documentales Y Testimoniales Plazo De Tres Días Validez De Poderes Resolución Sobre Sobreseimiento Escrito Desahogo

Resumen

El objeto principal del presente escrito es solicitar al juez que desahogue la vista ordenada respecto de la excepción de falta de personalidad opuesta por la parte contraria en un juicio ordinario mercantil, y en su caso, resolver sobre la procedencia de su desechamiento.

Los sujetos jurídicos relevantes son la parte actora, representada por el apoderado que suscribe, y la parte demandada, cuyo representante ha planteado la excepción de falta de personalidad. Además, se hace referencia a terceros, como el señor Fernández y el notario público, en relación con la identificación y autenticidad de los actos jurídicos y poderes.

Las obligaciones establecidas corresponden a la parte actora de presentar la vista ordenada por el juez, y a éste de resolver sobre la admisión o rechazo de la excepción planteada. La parte actora tiene el derecho de que se desahogue la vista y de que el juez resuelva en definitiva sobre la validez de la excepción, en consonancia con los hechos y documentos aportados.

El procedimiento implica que, dentro del término de tres días otorgado, el apoderado comparece a desahogar la vista, manifestando los argumentos y pruebas en relación con la excepción de falta de personalidad. Posteriormente, el juez debe resolver si la excepción es procedente o infundada, en este caso, proponiendo el sobreseimiento y el rechazo de la excepción.

Las consecuencias jurídicas por el incumplimiento o rechazo de la excepción son que la misma será desechada, permitiendo continuar con el trámite del proceso sin que la falta de personalidad sea causa de nulidad o suspensión, en este caso específico. La resolución final puede implicar la continuación del juicio o la desestimación de la excepción.

El plazo establecido para el desahogo es de tres días para comparecer y presentar argumentos, y posteriormente, el juez debe emitir su resolución en el momento procesal correspondiente.

Se consideran excepciones las planteadas por la parte contraria, en particular