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Modelo de Escrito para Inscripción de Embargo en RPP

Escritos

Concepto

Inscripción de embargo en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio

Palabras Clave

Modelo Partes Actora Y Demandado Autoridad Judicial Competente Registro Público De La Propiedad Procedimiento De Inscripción Formalidades Y Documentos Requeridos Consecuencias De Incumplimiento Publicidad Y Oponibilidad De Gravámenes Escrito Inscripción

Resumen

El objeto principal del documento es solicitar la inscripción del embargo practicado sobre un inmueble en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, con la finalidad de que conste formalmente en dicho registro la medida cautelar dictada en autos.

Los sujetos jurídicos relevantes son:

  • La parte actora, representada por el endosatario en procuración, quien actúa en nombre propio en el escrito.
  • El Juez, en su carácter de autoridad que ordena la gestión.
  • El Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, quien es obligado a inscribir la información solicitada.
  • El demandado, propietario del inmueble, en cuyo nombre está inscrito el bien.

Las obligaciones y facultades establecidas en favor de la parte solicitante comprenden:

  • La obligación de presentar copia certificada del acta de embargo levantada por el Actuario.
  • La facultad de solicitar al Juez que ordene al Registro la inscripción del embargo.
  • La obligación del Registro de inscribir el embargo en la sección correspondiente del inmueble.

El procedimiento y las formalidades requeridas incluyen:

  • La presentación de un escrito con fundamento en los artículos 3005, fracción II, 3043 y demás relativos del Código Civil para el Distrito Federal.
  • La anexión de copia certificada del acta de embargo.
  • La emisión de un oficio dirigido al Director del Registro, solicitando la inscripción del embargo, acompañando copia certificada de la diligencia.
  • La firma y la firma del solicitante con la fórmula de protesta de lo necesario, además de la indicación de lugar y fecha.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento de la solicitud o de la orden judicial pueden implicar la nulidad de la inscripción si ésta no se realiza, o la inexistencia del efecto de publicidad del embargo en el registro, afectando la eficacia frente a terceros.

No se especifican plazos o términos precisos en el machote, aunque en la práctica jurídica se entendería que