Concepto
Designación y aceptación de perito tercero en discordia en proceso mercantil
Palabras Clave
Resumen
El presente documento tiene por objeto solicitar el nombramiento de un perito tercero en discordia en un procedimiento ordinario mercantil ante la autoridad judicial competente.
Los sujetos jurídicos relevantes en este acto son el promovente, quien actúa en su propio nombre y en representación del interés de la parte actora, y el Juez decimo octavo de lo civil, autoridad a quien se dirige la petición. Además, se hace referencia al perito que será designado, quien deberá aceptar el cargo y cumplir con los requisitos establecidos.
Se establecen las obligaciones y derechos del perito tercero en discordia, tales como:
- Notificación de su nombramiento para que en un plazo de tres días presente escrito de aceptación y protesta de fidelidad y legal desempeño.
 - Anexar copia de su cédula profesional.
 - Manifestar bajo protesta de decir verdad su capacidad técnica para emitir dictamen.
 - Señalar el monto de honorarios, los cuales deberán ser autorizados por el Juez y cubiertos en partes iguales por las partes involucradas.
 
El procedimiento y las formalidades requeridas incluyen:
- La solicitud formal del nombramiento mediante escrito dirigido al Juez.
 - La notificación al perito designado para que acepte el cargo en el plazo establecido.
 - La presentación de escrito de aceptación y protesta, así como la documentación y manifestaciones indicadas.
 - La autorización judicial de los honorarios del perito.
 
No se especifican expresamente consecuencias jurídicas por incumplimiento en el fragmento, pero por la naturaleza del proceso, la omisión de aceptar el cargo, presentar la documentación requerida o manifestar capacidad suficiente podría implicar la nulidad del nombramiento o la continuación del procedimiento sin la participación del perito en discordia.
El plazo establecido para que el perito acepte el cargo y presente su escrito es de tres días a partir del nombramiento.
No se mencionan condiciones suspensivas, resolutorias u otros sup
