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Modelo de Escrito por el que se Pide Pérdida de Derecho por no Objetar Dictamen Pericial

Modelos de dictamen

Concepto

Procedimiento para la declaración de pérdida del derecho a objetar dictamen pericial

Palabras Clave

Modelo Partes Demandada Y Actora Plazo Legal De Objeción Solicitud Formal Al Juez Artículo 1078 Y 1079 Del Código De Comercio Pérdida Del Derecho Procesal Dictamen Pericial Consecuencias De Inacción Escrito Pide

Resumen

El objeto principal del documento es solicitar al juez que se tenga por perdido el derecho de la parte actora para realizar objeciones respecto del dictamen pericial rendido por un tercer perito en discordia, en virtud del transcurso del plazo legal establecido.

Los sujetos jurídicos relevantes son la demandada, representada por su apoderado, y la actora, quien podría haber ejercido el derecho de objeción. El representante legal (abogado) de la parte demandada actúa en su nombre y en calidad de solicitante.

Las obligaciones y facultades establecidas en favor de la parte demandada consisten en ejercer oportunamente el derecho de objeción respecto del dictamen pericial; en caso de no hacerlo en el plazo correspondiente, se le reconoce la facultad de solicitar que se tenga por perdido dicho derecho. La autoridad judicial tiene la obligación de reconocer y dar trámite a la petición, y de tener por transcurrido el término.

El procedimiento requiere que el abogado de la demandada presente un escrito formal dirigido al juez, en el que se indique el transcurso del plazo legal (citado en días), solicitando que se tenga por perdido el derecho de la parte actora a objetar el dictamen pericial, en cumplimiento de los artículos 1078 y 1079 fracción VI del Código de Comercio. Se debe especificar claramente el plazo transcurrido y solicitar expresamente la declaración judicial correspondiente.

La consecuencia jurídica por incumplimiento o inacción de la parte actora es la pérdida del derecho a realizar objeciones respecto del dictamen pericial, lo que implica que el dictamen se considerará aceptado y sin posibilidad de impugnación en ese aspecto.

El plazo o término relevante es el número de días en los cuales la parte actora pudo haber hecho objeción, contados a partir de la rendición del dictamen, y en el que el demandado solicita que se tenga por transcurrido. Este plazo debe ser claramente establecido en el escrito.

No se especifican condiciones suspensivas o