Modelo de Escrito por el que se Pide Tener por Perdido el Derecho para Oponer Excepciones
EscritosConcepto
Pérdida del derecho de oponer excepciones dilatorias por expiración de plazo
Palabras Clave
Resumen
El presente documento tiene como objeto principal solicitar al juez que tenga por perdido el derecho de la parte demandada para oponer excepciones, específicamente las excepciones dilatorias, debido a que ha transcurrido el plazo legal de nueve días establecido en los artículos 1378 y 1379 del Código de Comercio para su interposición.
Los sujetos jurídicos relevantes son el actor, quien promueve el escrito, y la parte demandada, a quien se le atribuye la pérdida del derecho para oponer excepciones por incumplimiento del plazo procesal.
Se establecen como obligaciones y derechos: la obligación del actor de solicitar formalmente la pérdida del derecho a excepciones, y el derecho del actor a que el juez declare concluido el término y tenga por perdido el derecho de la parte contraria para oponer excepciones dilatorias.
El procedimiento requerido consiste en la presentación del escrito en el expediente correspondiente, solicitando la declaración judicial de la pérdida del derecho, y la petición formal al juez de que tenga por concluido el término de nueve días y por perdido el derecho de la parte demandada para oponer excepciones.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento de la obligación de solicitar la declaración de pérdida en el plazo legal son la consolidación del estado procesal y la imposibilidad de la parte demandada para oponer excepciones dilatorias, lo que favorece la continuidad del proceso y evita dilaciones indebidas.
El plazo establecido para realizar esta solicitud es de nueve días a partir del cumplimiento del cual se considera que ha transcurrido dicho término, y que, en este caso, se busca que el juez declare formalmente la pérdida del derecho.
El documento se basa en la figura jurídica de la pérdida del derecho procesal por expiración del plazo, prevista en los artículos 1378 y 1379 del Código de Comercio, y en el artículo 1078 del mismo ordenamiento, que regula la facultad del actor para solicitar la declaración judicial de di
