Modelo de Razón de Presentación de la Cédula Profesional del Perito
Jucio mercantilConcepto
Presentación y cotejo de cédula profesional del perito
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es la presentación formal del original de la cédula profesional del perito ante el órgano jurisdiccional, en cumplimiento de la fracción VII del artículo 1253 del Código de Comercio, con la finalidad de acreditar su habilitación profesional y su designación como perito.
Los sujetos jurídicos relevantes son el perito (Ingeniero designado por la parte actora), el H. Juzgado (autoridad receptora de la documentación), y la parte actora que lo designa.
Se establecen las obligaciones del perito de presentar el original de su cédula profesional, cotejarlo con la copia ya agregada en autos, y solicitar la devolución del original tras su cotejo y aceptación del cargo. La autoridad judicial tiene la facultad de recibir, cotejar y devolver dicho documento, dejando constancia en autos.
El procedimiento o trámite requerido consiste en la presentación del original de la cédula profesional, su cotejo con la copia en autos, la manifestación de aceptación del cargo por parte del perito, y la devolución del original mediante constancia en autos.
No se especifican consecuencias jurídicas por incumplimiento en este fragmento, pero en general, la falta de presentación o cotejo podría afectar la validez del nombramiento o designación del perito, o impedir la acreditación de su habilitación profesional.
No se señalan plazos, términos o vigencias específicos en este fragmento; sin embargo, la formalidad de la presentación y cotejo implica un procedimiento que debe realizarse en un momento procesal oportuno, conforme a las reglas del proceso.
No se mencionan excepciones, condiciones suspensivas o supuestos especiales en este fragmento; la formalidad es clara y sin condiciones adicionales.
La relación con figuras jurídicas generales comprende la obligación del perito de acreditar su habilitación profesional y la función del juez de verificar y dejar constancia del cumplimiento mediante la razón
