Concepto
Procedimiento penal para delitos patrimoniales y protección del derecho de propiedad
Palabras Clave
Resumen
El objeto o propósito principal del documento es formalizar una querella penal por los delitos de despojo, robo y daño en propiedad ajena, en contra de los sujetos identificados como responsables, con la finalidad de que la autoridad ministerial inicie las investigaciones, ejerza la acción penal y garantice la protección de los derechos del denunciante como ofendido.
Los sujetos jurídicos relevantes incluyen al denunciante, en calidad de persona ofendida, y a los denunciados (los responsables de los ilícitos), además del Agente del Ministerio Público como autoridad encargada de recibir, radicar y dar trámite a la querella, y los peritos designados para la realización de diligencias técnicas.
Las obligaciones y facultades en favor del denunciante comprenden:
- Formular la denuncia en tiempo y forma, señalando domicilio para oír y recibir notificaciones.
 - Autorización de los abogados para intervenir en la investigación.
 - Solicitar diligencias como inspecciones, dictámenes periciales, comparecencias y ratificación de la denuncia.
 - Presentar pruebas documentales y solicitar la certificación y devolución de los originales.
 - Impulsar la acción penal mediante la petición de órdenes de inspección, diligencias y, en su caso, orden de aprehensión.
 
En cuanto a los procedimientos, se establecen:
- La formulación formal de la querella con base en hechos precisos y comprobables.
 - La designación de peritos para determinar la zona invadida o despojada.
 - La orden de inspecciones ministeriales o extrajudiciales y la diligencia de ratificación de la denuncia.
 - La integración de la averiguación previa con todos los elementos probatorios y la eventual consignación ante el juez competente.
 - La petición de órdenes de aprehensión en caso de que los hechos sean constitutivos de delitos flagrantes o de probable responsabilidad.
 
Las formalidades incluyen:
- La presentación de la querella en tiempo y forma.
 - La ratificación de la
 
