Volver a Formatos

Modelo de Resolución por la que se Decreta el Embargo Precautorio

Jucio mercantil

Concepto

Embargo precautorio en proceso mercantil

Palabras Clave

Modelo Sujetos: Solicitante Demandado Juez Jurisdicción: Código De Comercio Procedimiento: Solicitud Diligencia Remisión Principios: Garantía Formalidades

Resumen

El objeto principal del documento es la resolución judicial mediante la cual se decreta el embargo precautorio en favor del solicitante, en atención a una reclamación por adeudo de bienes muebles, específicamente varilla, por un monto determinado y con la finalidad de garantizar el cumplimiento de la obligación.

Los sujetos jurídicos relevantes son el solicitante de la medida cautelar, quien solicita el embargo (parte demandante o acreedor), y el beneficiario del embargo, que en este caso es el demandado o deudor, respecto de cuyos bienes se ordena la medida. Además, intervienen el juez, el actuario, y el depositario interventor, quienes participan en la ejecución del embargo y en la administración de los bienes embargados.

Las obligaciones en favor del solicitante incluyen la exhibición de una fianza de caución por una cantidad específica (doscientos mil pesos), que garantiza los posibles daños y perjuicios derivados de la medida cautelar, así como la obligación de entablar la demanda dentro del plazo de tres días posteriores a la resolución. La parte demandada tiene la obligación de entregar los bienes embargados y de responder por la fianza en caso de que la medida sea revocada.

Se establecen procedimientos y formalidades específicas:

  • La solicitud de embargo debe acompañarse de documentación probatoria y declaración testimonial.
  • La resolución requiere que el juez estime la procedencia del embargo, basándose en los requisitos del Código de Comercio y la documentación presentada.
  • Se ordena que los autos sean remitidos al actuario para que practique la diligencia de embargo.
  • Previo al embargo, el solicitante debe exhibir la fianza de caución y nombrar un depositario interventor responsable de los bienes embargados.
  • La parte solicitante debe presentar la demanda en un plazo de tres días desde la resolución.
  • La resolución se comunica formalmente y se ordena la incorporación de la misma en el legajo de sentenci