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Testamento Abierto - Plantilla

Juicio sucesorio

Concepto

Formalización de testamento abierto y disposición patrimonial

Palabras Clave

Plantilla Otorgante Notario Público Beneficiarios Sustitución Fideicomisaria Facultad De Disposición Revocación Expresa Formalidades Notariales Testamento Abierto

Resumen

El objeto principal del documento es la formalización de un testamento abierto en el cual el otorgante manifiesta su última voluntad respecto a la disposición de sus bienes y derechos patrimoniales.

Los sujetos jurídicos relevantes incluyen al otorgante (quien declara y otorga el testamento), el notario público (autoridad que formaliza y da fe del acto), y los beneficiarios designados, específicamente el cónyuge del otorgante y las sobrinas/os en calidad de beneficiarios del residuo fideicomisario.

Las obligaciones y facultades establecidas comprenden:

  • La institución de heredero a favor del cónyuge, con la correspondiente sustitución fideicomisaria del residuo en favor de las sobrinas/os.
  • La facultad del fiduciario para disponer de los bienes fideicomitidos en caso de necesidad, sin que sea necesario justificar la causa, lo que implica una potestad de disposición amplia y discrecional.
  • La revocación expresa de cualquier testamento anterior, asegurando la prevalencia de este acto como última voluntad.

Respecto a los procedimientos y formalidades:

  • La declaración se realiza en presencia del notario público, quien lee en alta voz el contenido del testamento a elección del otorgante.
  • Se verifica la identificación del otorgante mediante documento exhibido y el cumplimiento de las formalidades legales en un solo acto.
  • La firma del otorgante y del notario en el mismo acto formaliza el documento, que se redacta en dos folios con las características de serie y número correspondientes.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o incumplimiento de formalidades incluyen la posible nulidad del testamento si no se cumplen los requisitos legales, así como la revocación de disposiciones anteriores, asegurando la primacía de este testamento como última voluntad.

No se especifican plazos, términos o vigencias en el fragmento, aunque en la práctica la validez del testamento es