Concepto

Formalización y tramitación de sucesión testamentaria

Palabras Clave

Plantilla Herederos Universales Designación De Albacea Procedimiento Notarial Aceptación De Herencia Requisitos De Capacidad Revocación Testamental Responsabilidades Civiles Testamento Civil

Resumen

El objeto principal del documento es formalizar la aceptación de herencia, la designación de albacea y la radicación de la sucesión testamentaria respecto a los bienes del causante, en cumplimiento de las disposiciones testamentarias y legales aplicables en México.

Los sujetos jurídicos relevantes incluyen al testador fallecido, sus beneficiarios legatarios (en particular, las hijas y la esposa), así como al notario que actúa como fedatario público, y en ciertos casos, a las autoridades civiles (por ejemplo, el Juez del Registro Civil y la Secretaría de Relaciones Exteriores). También se identifican como partes en los actos a la esposa del causante, las hijas legatarias, y el albacea.

Las obligaciones y derechos establecidos comprenden:

  • La aceptación expresa de la herencia por parte de la heredera universal, con reconocimiento de la validez del testamento y de la distribución de bienes.
  • La manifestación de conformidad y aceptación de los legados por parte de las beneficiarias legatarias, quienes declaran no impugnar el testamento y renuncian a derechos en la sucesión.
  • La designación y aceptación del cargo de albacea y ejecutor testamentario, con facultad de gestionar la tramitación sucesoria sin limitación de tiempo y sin necesidad de caución.
  • La obligación del notario de certificar la concordancia de los documentos con sus originales, así como de conocer la capacidad legal de las comparecientes.

Los procedimientos y formalidades incluyen:

  • La protocolización del testamento en escritura pública, con referencia a antecedentes notariales y registros civiles.
  • La manifestación formal de aceptación de la herencia y del cargo de albacea mediante escritura pública.
  • La incorporación de constancias y certificados (como los de nacionalidad y defunción) en anexos o apéndices, con las certificaciones notariales correspondientes.
  • La tramitación notarial de la sucesión, incluyendo inventarios, avalúos, publicaciones y otros procedimientos previstos