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Solicitud para el Pago de Cuotas Obrero Patronales en Parcialidades

Modelos de juicio laboral

Concepto

Procedimiento de autorización para pago fraccionado de cuotas obrero-patronales

Palabras Clave

Formato Obligación Fiscal Fianza O Garantía Procedimiento Administrativo Representación Legal Plazo De 36 Meses Requisitos Formales Consecuencias Incumplimiento Solicitud Pago

Resumen

El objeto principal del presente documento es solicitar formalmente al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a través de la Oficina de Cobros, la autorización para pagar en parcialidades el crédito o capital constitutivo derivado de las cuotas obrero-patronales adeudadas por la representación del solicitante. La finalidad es facilitar el cumplimiento de la obligación fiscal en un plazo de 36 mensualidades, en concordancia con lo establecido en el artículo 66 del Código Fiscal de la Federación.

Los sujetos jurídicos relevantes incluyen al solicitante, quien actúa en calidad de apoderado general para pleitos, cobranzas y administración de la negociación, en representación de la empresa o negociación denominada, con domicilio fiscal y registro patronal específicos; y al propio IMSS, representado por el C. Jefe de la Oficina de Cobros, autoridad competente para resolver la solicitud.

Las obligaciones en favor del solicitante comprenden la presentación de la solicitud formal, la manifestación de la personalidad mediante el poder correspondiente, y la propuesta de pago en parcialidades. En contraparte, el IMSS tiene la facultad de aceptar, rechazar o condicionar la solicitud, incluyendo la determinación del monto de la fianza o garantía necesaria para garantizar el interés fiscal, así como la autorización para pagar en parcialidades en el plazo solicitado.

Se establecen procedimientos y formalidades, tales como la presentación por escrito, la acompañamiento del poder notarial, la especificación de los bimestres y afiliados afectados, y la solicitud de autorización para pagar en 36 mensualidades. Además, se requiere la fijación del monto de la fianza o garantía, en atención a la facultad del artículo 66 del Código Fiscal de la Federación, que permite el pago fraccionado de créditos fiscales mediante fianza que garantice la totalidad del monto adeudado, incluyendo recargos y accesorios.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento pueden implicar la imposibilid