Concepto
Reclamación y reconocimiento de pensión de viudez modificada
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es solicitar formalmente el pago de una suma global equivalente a tres anualidades de la pensión de viudez que actualmente disfruta la solicitante, en virtud de su condición de beneficiaria por fallecimiento del asegurado y en cumplimiento del artículo 155, segundo párrafo, de la Ley del Seguro Social. La finalidad es obtener la autorización y liquidación de dicho monto por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en atención a la modificación en su estado civil tras contraer matrimonio con un nuevo asegurado.
Los sujetos jurídicos relevantes son la solicitante, en calidad de beneficiaria de la pensión de viudez, y el Instituto Mexicano del Seguro Social, como autoridad responsable de la administración, reconocimiento y pago de las pensiones. Además, se identifican los asegurados originales y el nuevo asegurado con quien contrajo matrimonio, cuya condición puede afectar el derecho a la pensión.
Las obligaciones en favor de la solicitante consisten en que el IMSS reconozca y autorice el pago de la suma global solicitada, una vez comprobados los requisitos legales y documentales, y que proceda a la liquidación conforme a la cuantía que corresponda. La institución tiene la facultad de verificar la autenticidad de las pruebas y de ordenar la recepción de las mismas, en cumplimiento de las disposiciones del artículo 3o. del Reglamento del artículo 274 de la Ley del Seguro Social.
Los procedimientos y formalidades incluyen la presentación de la solicitud por escrito, acompañada de pruebas documentales públicas que acrediten la percepción actual de la pensión de viudez y el estado civil actualizado (acta de matrimonio). Se requiere que el IMSS ordene la recepción y valoración de dichas pruebas, y que, tras verificar el cumplimiento de los requisitos legales, liquide la cantidad correspondiente.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento de la autoridad incluyen la posible nulidad o rechazo de la solicitud si no se acr
