Concepto
Procedimiento de emplazamiento a huelga ante autoridad laboral
Palabras Clave
 Modelo  Representación Sindical  Notificación Al Patrón  Plazo 48 Horas  Formalidades Legales  Garantías De Huelga  Responsabilidad Patronal  Consecuencias Nulidad  Escrito  Emplazamiento 
Resumen
El objeto principal del presente documento es promover el emplazamiento a huelga ante la H. Junta de Conciliación y Arbitraje, en ejercicio de la garantía constitucional y legal del derecho de coalición y huelga de los trabajadores sindicalizados representados por el sindicato emplazante.
Los sujetos jurídicos relevantes son:
- La organización sindical representada por el Secretario General, quien actúa en calidad de apoderado legal y presenta el escrito.
 - La empresa o patrón emplazado, contra quien se dirige el emplazamiento.
 - La Junta como autoridad competente para recibir, tramitar y resolver el procedimiento.
 - El patrón como depositario judicial y responsable de la notificación.
 
Las obligaciones y derechos establecidos en favor del sindicato incluyen:
- La presentación formal del escrito de emplazamiento y del pliego petitorio, acreditando su personalidad mediante documentación pública.
 - La notificación al patrón del pliego petitorio, en un plazo de 48 horas a partir de su recepción.
 - La solicitud de garantías para la protección del derecho de huelga y de coalición en caso de estallar la huelga, incluyendo la cobertura de gastos y costas.
 
Los procedimientos y formalidades requeridas comprenden:
- La presentación del escrito en la Junta, con la documentación que acredite la representación sindical.
 - La entrega de un duplicado del pliego petitorio al patrón, en cumplimiento del artículo 921 de la Ley Federal del Trabajo.
 - La notificación formal al patrón, en calidad de depositario judicial, de la existencia del emplazamiento.
 - La solicitud de garantías en caso de huelga, mediante petición expresa en el escrito.
 
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento incluyen:
- La nulidad del emplazamiento si no se cumplen las formalidades legales, como la acreditación de la representación o la entrega del pliego petitorio.
 - La imposibilidad de ejercer el derecho de huelga s
 
